¿Porqué tenemos que retener IVA sobre los espectáculos públicos?

Querid@ organizador/a de eventos, esperamos estés muy bien. Queremos aclarar el porqué Boletópolis retiene IVA de las ventas en línea de tu evento aunque sea un espectáculo público. Empezamos con lo que dice la Ley del IVA sobre esto:


Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

XIII.- Los de espectáculos públicos por el boleto de entrada, salvo los de teatro y circo, cuando el convenio con el Estado o Acuerdo con el Departamento del Distrito Federal, donde se presente el espectáculo no se ajuste a lo previsto en la fracción VI del artículo 41 de esta Ley. La exención prevista en esta fracción no será aplicable a las funciones de cine, por el boleto de entrada.

Artículo 41.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público celebrará convenio con los Estados que soliciten adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal para recibir participaciones en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal, conviniendo en no mantener impuestos locales o municipales sobre:

VI.- Espectáculos públicos consistentes en obras de teatro y funciones de circo, que en su conjunto superen un gravamen a nivel local del 8% calculado sobre el ingreso total que derive de dichas actividades.


EN RESUMEN: Los espectáculos públicos no generan IVA siempre y cuando por la realización de dicho espectáculo el organizador del evento esté pagando el 8% de su ingreso total en impuestos locales a un gobierno local que tenga convenio con el SAT federal.


ARGUMENTOS:

  • Boletópolis no puede saber si el gobierno local donde se está realizando el espectáculo público tiene convenios con el SAT federal sobre la recaudación de impuestos de espectáculos.
  • Además, aunque el gobierno local del lugar donde se está realizando el espectáculo sí tenga convenios con el SAT federal, para Boletópolis es imposible conocer si el organizador del evento está pagando impuestos locales.
  • Aún si el organizador del evento está pagando impuestos locales a un gobierno local que tenga convenio con el SAT federal, Boletópolis no tiene forma de saber exactamente cuánto porcentaje de su total de ventas está pagando en impuestos locales.
  • También se tiene que tomar en cuenta que los impuestos locales pagados por el organizador del evento pueden haberse aplicado a una base gravable que no necesariamente tendría que ser lo vendido a través de Boletópolis, pues el organizador del evento puede haber declarado un ingreso diferente (mayor o menor a sus ventas en línea en Boletópolis) al gobierno local y Boletópolis no tiene forma de estar corroborando estas cantidades en cada uno de los eventos manejados en la plataforma caso por caso.

¿Qué puedes hacer si no se te debió retener IVA?

  • Si no has retirado los fondos cobrados en línea en Boletópolis y ya has pagado los impuestos locales del 8% (a una autoridad local que tenga convenio cin el SAT federal) entonces por favor contáctanos a soporte@boletopolis.com enviándonos el comprobante de pago de impuestos para revisar la posibilidad de que tu evento excente la retención de IVA.
  • Si Boletópolis te retuvo IVA y el pago  que realices de impuestos locales justifica que tu evento no debió general IVA, entonces te recomendamos analizar esta situación con tu(s) contador(es) y, de ser procedente, solicitar al SAT la devolución del IVA retenido por Boletópolis de acuerdo a la legislación y procedimientos fiscales vigentes.